Coberturas |
Suma Asegurada |
Muerte Natural |
S/7,000 |
Muerte Accidental |
S/7,000 |
Invalidez Total y Permanente |
S/7,000 |
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Principales Exclusiones
Para la cobertura de Muerte Natural y Muerte Accidental
- Suicidio consciente y voluntario, auto mutilación o auto lesión estando el Asegurado en su sano juicio, salvo que hubiese transcurrido dos (2) años completos desde la fecha de contratación del seguro.
- Guerra, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, poder militar o usurpado, ley marcial.
- Servicio militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.
- Liberación súbita de energía atómica, radiación nuclear o contaminación radioactiva (controlada o no).
- Ataques terroristas con armas no convencionales: nucleares, biológicas, químicas y radiactivas (NBQR).
- Participación activa en cualquier acto violatorio de la ley, sea como autor, coautor o cómplice, que constituya la causa del siniestro o corresponda a un delito.
- Por acto delictivo contra el Asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el Beneficiario o heredero, dejando a salvo el derecho de recibir la suma asegurada de los restantes Beneficiarios o herederos, si los hubiere, así como su derecho de acrecer.
- La intervención, directa o indirecta, del Asegurado como autor o participe de un acto delictivo, subversivo y/o terrorista, insurrección, rebelión, invasión, huelga, motín o tumulto popular, así como en peleas o riñas, salvo en aquellos casos que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa o que existan indicios razonables de que se ha tratado de legítima defensa.
Para la cobertura de Invalidez total y permanente
- Los accidentes que se produzcan bajo la influencia de alcohol (en grado igual o superior a 0.5 gr./lt. de alcohol en la sangre), salvo que el Asegurado haya sido sujeto pasivo al momento del siniestro; y/o bajo la influencia de drogas, estupefacientes o en estado de sonambulismo.
- Viajes o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida oficialmente para el transporte de pasajeros y sujeta a itinerario.
- Cualquier tipo de Accidente Médico.