Suma Asegurada: Hasta el Valor de Préstamo Máximo S/100,000
Coberturas
- Incendio todo riesgo incluyen terremoto.
- Huelga, motín, conmoción civil
- Daño malicioso y/o vandalismo y/o terrorismo.
- Daños por agua
- Daños por lluvia e inundación.
- Solo aplica para contenido
Exclusiones
- Guerra civil declarada o no, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, rebelión o sedición
- La emisión de radiaciones ionizantes, contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de la combustión de dichos elementos.
- Reacciones o explosiones nucleares, radiación nuclear o contaminación radiactiva sean controladas o no.
- Material para armas o artefactos nucleares o la explosión de dicho material, arma o artefacto.
- Vicio propio, fermentación o combustión espontánea y sometimiento a procesos de calefacción o desecación.
- Derrumbamiento total o parcial de edificios, salvo que sea resultado de un riesgo cubierto por la póliza.
- Vibraciones o movimientos naturales del subsuelo, tales como hundimientos, desplazamientos o asentamientos, salvo cuando seas resultado de un riesgo cubierto por esta póliza.
- Deslizamiento, derrumbe o desprendimiento de tierra, piedras, rocas y demás materiales, caídos en o sobre los bienes asegurados, salvo que se produzcan como consecuencia de un riesgo cubierto por la póliza.
- Pérdidas o daños indirectos o consecuenciales de cualquier tipo,
- Robo de bienes asegurados durante el siniestro o después del mismo.
- Lucro cesante ni los gastos adicionales en que incurra el asegurado para aminorarlo o evitarlo.
Bienes Excluidos
- Las mercancías que el asegurado conserve bajo contrato de depósito o en comisión o en consignación.
- Alhajas, pieles, cuadros, pinturas, estatuas, frescos, dibujos, las colecciones y en general los muebles y/u objetos que tengan especial valor artístico, científico o histórico.
- Explosivos, fuegos artificiales o bienes que los contengan.
- Langostineras, animales vivos, desmotadoras, combustibles derivados del petróleo.
- Automóviles y maquinarias que se transporten por sus propios medios.
- Productos agrícolas.
- Maquinarias y Equipos médicos.
- Equipos móviles, equipos de contratista.
- Embarcaciones de cualquier tipo
- Almacenes o depósitos de pacas o de algodón en rama
- Colchones, cojines, almohadas y similares, fábrica y/o depósitos
- Espuma sintética (poliuretano). Fábrica, depósito, venta de espuma sintética
- Sustancias peligrosas, inflamables, explosivas y/o fulminante, combustibles o comburentes, tales como: Pinturas, Lacas, Barnices, Nitratos, Ácidos, Alcoholes, Mercurio, Cianuro, Thinner, Carbón, Negro de humo, Asbesto y similares. En el caso de Asbesto, solo se excluyen riesgos relacionados a su producción y/o comercialización.
Giros Excluidos
- Minas
- Pirotecnia, luces de bengala, depósitos de fulminantes, detonantes y municiones
- Industria de Petróleo, Petroquímicos, Gaseoductos y Oleoductos
- Fábricas, depósitos o tiendas de explosivos, pólvora y mechas
- Edificios de más de 25 pisos
- Langostineras y piscifactorías (piscigranjas, criaderos de peces).
- Venta, almacenaje o fabricación de pinturas y/o tintes al agua (no combustibles)
Deducibles
- Incendio y/o explosión (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 200.00)
- Terremoto Temblor, Erupción Volcánica, Fuego Subterráneo, Maremoto (Tsunami) (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 500.00)
Huelga, Motín, Conmoción civil, daño malicioso, Vandalismo y Terrorismo:
- Para prendas Hasta S/10,000 (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 500.00)
- Para prendas de más de S/ 10,000 hasta S/25,000 (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 750.00)
- Para prendas de más de S/ 25,000 y hasta S/50,000 (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 1000.00)
- Para prendas de más de S/ 50,000 (10% del monto indemnizable, mínimo s/ 2500.00)
Otros Riesgos de la Naturaleza:
- Para prendas hasta S/10,000 (5% del monto indemnizable, mínimo s/ 300.00)
- Para prendas de más de S/10,000 hasta 25,000 (5% del monto indemnizable, mínimo s/ 500.00)
- Para prendas de más de S/25,000 y hasta 50,000 (5% del monto indemnizable, mínimo s/ 1000.00)
- Para prendas de más de S/50,000 (5% del monto indemnizable, mínimo s/ 2500.00)